Rectifica decreto n° 55 exento, de 18 de octubre de 2021, del Ministerio de Salud


Núm. 321 exenta.- Santiago, 4 de marzo de 2022.

Visto:
Lo dispuesto en los artículos 1 y 4 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N° 2.763, de 1979, y de las leyes N°s. 18.933 y 18.469; en el artículo 27 letra o) del decreto supremo N° 136, de 2004, del Ministerio de Salud, Reglamento Orgánico de dicha Secretaría de Estado; en la resolución N° 7, de 2019, de Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y

Considerando:
1.- Que, con fecha 18 de octubre de 2021, el Ministerio de Salud dictó el decreto exento N° 55, que aprueba norma técnica N° 218 para la supervisión de salud integral de niños y niñas de 0 a 9 años en la Atención Primaria de Salud – 2021, y deja sin efecto Norma General Técnica N° 166 aprobada por resolución exenta N° 336 de 2014, en adelante Norma Técnica N° 218.

2.- Que, con posterioridad a la dictación de la referida Norma Técnica N° 218, se han detectado errores, los cuales deben ser corregidos, más aun considerando que la Norma será impresa para que pueda estar a disposición de los profesionales de la salud durante el control de salud.

3.- Que, la Subsecretaría de Salud Pública, conforme al artículo 27 del decreto supremo N° 136 de 2004, del Ministerio de Salud, tiene la facultad de “o) Corregir errores manifiestos de escritura y numéricos en los decretos ya firmados por el Presidente de la República y por el Ministro de Salud o por éste, en su caso.”.

4.- Que, para mayor certeza acerca del documento modificado se procede a rectificarlo.

5.- Que, por lo anteriormente señalado y en uso de las facultades que confiere la ley, dicto la siguiente:

Resolución:
1.- Rectifíquese el decreto exento N° 55 de 2021, del Ministerio de Salud, que aprueba norma técnica N° 218 para la supervisión de salud integral de niños y niñas de 0 a 9 años en la Atención Primaria de Salud – 2021, y deja sin efecto Norma General Técnica N° 166 aprobada por resolución exenta N° 336 de 2014, en los apartados que se indican y de acuerdo a lo siguiente:

1. Tabla II-29, denominada “Subprogramas PNAC”, contenida en el Capítulo 2, apartado 2.2.3, numeral vi.